Podrán ser Socios Adherentes las personas de existencia visible mayores de edad y las personas jurídicas que cumplan los requisitos que exija este estatuto para cada una de las siguientes categorías, y no podrán elegir ni integrar los Organos Directivos. Las personas de existencia visible mayores de edad que no puedan ser Socios Activos o que pudiendo serlo opten por esta categoría.